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¿ESTAS EN COBRANZA COACTIVA?

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¿Qué es un procedimiento de cobranza coactiva? En caso de no cumplir con el pago de tus tributos y/o multas, la SUNAT procederá a notificarte la deuda pendiente, luego de un plazo, de continuar pagando, iniciará el procedimiento de cobranza coactiva para su cobro pudiendo utilizar diversas medidas de embargo, que se ejecutarán a través de un Ejecutor Coactivo, y con la colaboración de Auxiliares Coactivos. Inicio del procedimiento de cobranza El procedimiento de cobranza coactiva se inicia con la notificación física a tu domicilio fiscal o  notificación electrónica  a tu buzón de la Resolución de Ejecución Coactiva (REC), según corresponda, la cual te otorgará un plazo de siete (07) días hábiles para el pago de la deuda pendiente. Vencido ese plazo se dictan las medidas de embargo, tales como: Embargo en forma de retención  que puede ser  bancaria , afectándose las sumas de dinero que tengas bajo cualquier modalidad en entidades bancarias, o  a...

¿CÓMO ESTÁN TUS FINANZAS?

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¿Tienes deudas y no puedes organizarte para pagarlas?  ¿Quieres ahorrar?  ¿Te pagan o recibes dinero en efectivo?  ¿Te es difícil controlarte pagando con tarjeta Las decisiones que tomamos sobre el dinero reflejan cómo manejamos nuestras  finanzas personales . La frecuencia con la que usamos la tarjeta de crédito, la manera en la que ahorramos e incluso qué tan bien entendemos un estado de cuenta son de suma importancia a la hora de administrar nuestros gastos e ingresos. Si lo hacemos de manera correcta, podremos cumplir nuestros planes y metas. Consejos para manejar tus finanzas Un presupuesto mensual para conocer de cuanto dispones para gastar y ahorrar. Organiza tus gastos por prioridades y elimina los gastos superfluos. Nunca gastes en cosas no presupuestadas.  Prioriza el pago de tus deudas. Intenta liquidarlas lo antes posible. Evita el uso de la tarjeta de crédito cuando tengas efectivo disponible y déjala sólo para imprevistos o pag...

¿TIENES TUS FINANZAS BAJO CONTROL?

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La disciplina en las finanzas La disciplina es llevar a cabo acciones que muchas veces no nos agradan pero que tenemos que hacer y, lo más importante, que nos causará enormes satisfacciones al realizarlas, personales, familiares, profesionales, laborales, sociales y empresariales. LA DISCIPLINA SIEMPRE LE AYUDARÁ A : ü O rganizarse ü Educarse ü Nunca gaste más de lo que gane ü Pague deudas ü Practicar el gasto consciente ü Monitorear gastos ü Ahorre o incremente la ganancia ü Crear un presupuesto ü Aprender de los demás ü Pensar diferente ü Cambiar el Estilo de Vida 

CONFERENCIA: TENDENCIAS DE INNOVACIÓN EMPRESARIAL

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Taller de constitución de empresas y contratos

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Los Derechos del Contribuyente

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La base de cualquier Estado Democrático de Derecho radica en el pleno respeto a los derechos de los ciudadanos. En el ámbito tributario, es el artículo 92° del Código Tributario el que contiene una relación de más de 17 derechos de los contribuyentes. Entre ellos, destacan los de “Ser tratados con respeto y consideración por el personal al servicio de la Administración Tributaria”, así como el de “Tener un servicio eficiente de la Administración y facilidades necesarias para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, de conformidad con las normas vigentes”. Esta relación se complementa con otras disposiciones que se detallan en diversas normas (principalmente la Constitución y la Ley del Procedimiento Administrativo General) e incluso en el mismo Código Tributario. Así por ejemplo en el artículo 84° del Código Tributario se establece la obligación de la Administración Tributaria de proporcionar “orientación, información verbal, educación y asistencia al contribuyente”. Por t...

El Recibo por Honorarios

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El Recibo por Honorarios es un comprobante de pago que se emite por la prestación de servicios de cualquier profesión, arte, ciencia y oficio. Además, por todo servicio que genere rentas de cuarta categoría Retenciones: Si eres trabajador independiente y emites tus recibos por honorarios a personas, empresas o entidades calificados como agentes de retención, te retendrán el impuesto a la renta por un monto equivalente al  8%  del importe total de tu recibo emitido. No hay retención del impuesto cuando los recibos por honorarios que paguen o acrediten sean de un importe que no exceda el monto de S/ 1,500 nuevos soles. Suspensión de Retenciones y Pagos del Impuesto a la Rent a Tienes derecho a solicitar la suspensión de retenciones de cuarta categoría si proyectas que tus ingresos en el año  no superarán el monto de S/ 36 750,00 , salvo, se trate de rentas de cuarta categoría obtenidas por el desempeño de funciones de director de empresas, síndico, man...